| dc.description.abstract | En el derecho comparado, todas las normas reguladoras de la contratación pública analizadas asocian la eficiencia de sus compras con la satisfacción de unas necesidades para el cumplimiento de unos fines de carácter institucional que se materializan mediante la prestación de servicios públicos relacionados con el bien común. Los matices distintivos los encontramos en la diferente predominancia, económica o social, de esa eficiencia. Mientras que para países como Argentina y México, las condiciones sociales y medioambientales aparecen subordinadas a la fórmula “costo-beneficio”, para Chile, Venezuela, Perú y Colombia, forman parte de los criterios cualitativos a considerar, generando “valor por dinero”; pero en ninguno de los casos estudiados se ven enfoques que propendan a la medición, y al sostenimiento con datos de que la mayor eficiencia o el mayor valor del precio que se paga por una obra, un suministro o un servicio, se obtiene mediante la consideración de características sociales, medioambientales o relacionadas con la innovación pública. Pese a todo, queda patente la preocupación por lo social y lo medioambiental, políticas en las que se puede influir con instrumentos como las compras públicas, dada su relevancia en la ejecución de un importante gasto público. | es |