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La imputación de la responsabilidad civil en las plataformas de economía colaborativa

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Capítulo libro (1.304Mb)
Identificadores:
URI: http://hdl.handle.net/20.500.12226/2730
ISSN: 978-84-454-3990-6
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SPI Disciplina: Q2
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Autor(es):
Monterroso Casado, Esther
Fecha de publicación:
2020
Resumen:

Uber, Wallapop, Vibbo, Airbnb, Homeaway, Just Eat, Blablacar, Spacebee, Socialcar, Percentil, Peerby, Turo, Feastly o Udemy son algunas de las múltiples plataformas digitales que ofrecen la posibilidad de compartir servicios, ahorrar consumo, aportar ingresos e, incluso, generar comunidad y cohesión social. La difusión acelerada de las economías colaborativas ha supuesto un cambio tecnológico que afecta a las sociedades contemporáneas1. Su rápida irrupción, derivada de las posibilidades de contacto que ofrece Internet, ha ocasionado que sea preciso dar respuesta desde el Derecho al uso de estas plataformas (casi dos de cada diez ciudadanos de la UE utilizan estas plataformas2). Una de las cuestiones jurídicas que más dudas suscita es el ámbito de la responsabilidad civil aplicable, al enfrentarnos, en estos momentos, ante un nuevo escenario teórico y práctico. En la nueva coyuntura, es notoria la inseguridad jurídica de quienes realizan transacciones económicas con estos proveedores de servicios, habida cuenta de la enorme dificultad que entraña la determinación de la responsabilidad cuando se ocasionan daños en la prestación de los mismos. De hecho, el Parlamento Europeo, en su respuesta a la Comunicación de la Comisión de junio de 2016 sobre economía colaborativa4, alerta de la necesidad de alcanzar un mayor grado de precisión en las zonas grises de la normativa que denotan diferencias sustanciales en los criterios aplicables a escala nacional y en la jurisprudencia; y, del mismo modo, destaca, entre otras, dos cuestiones sobre las que es preciso incidir: (1) la imputación de responsabilidad, al señalar que la Comisión Europea debe acotar más, y sin demora, el régimen de responsabilidad de las plataformas colaborativas5; y (2) los derechos de los consumidores, debido a la necesidad de informar a estos del régimen jurídico aplicable a cada transacción, siendo deseable que las plataformas colaborativas establezcan sistemas efectivos para los procedimientos de reclamación y la resolución de litigios. Avanzando en esta dirección, la Comisión Europea organizó la conferencia de alto nivel “Economía colaborativa: oportunidades, desafíos, políticas”, en 2018, en Bruselas, para realizar un balance de los desarrollos políticos, regulatorios y de mercado desde la adopción de la Comunicación sobre la economía colaborativa de 2016, en la que se puso de relieve la importancia de la cooperación entre las plataformas y las autoridades públicas para facilitar que las plataformas ayuden a la transparencia de los consumidores y puedan conocer si los prestadores de servicios son empresarios o comerciantes. Tomando como referencia estas necesidades, el objeto principal de este trabajo consiste en delimitar los posibles regímenes de responsabilidad civil aplicables por los daños causados en las plataformas de economía colaborativa, poniendo de relieve la posible aplicación de la normativa sobre la protección de consumidores y usuarios en este ámbito y bajo qué presupuestos.

Uber, Wallapop, Vibbo, Airbnb, Homeaway, Just Eat, Blablacar, Spacebee, Socialcar, Percentil, Peerby, Turo, Feastly o Udemy son algunas de las múltiples plataformas digitales que ofrecen la posibilidad de compartir servicios, ahorrar consumo, aportar ingresos e, incluso, generar comunidad y cohesión social. La difusión acelerada de las economías colaborativas ha supuesto un cambio tecnológico que afecta a las sociedades contemporáneas1. Su rápida irrupción, derivada de las posibilidades de contacto que ofrece Internet, ha ocasionado que sea preciso dar respuesta desde el Derecho al uso de estas plataformas (casi dos de cada diez ciudadanos de la UE utilizan estas plataformas2). Una de las cuestiones jurídicas que más dudas suscita es el ámbito de la responsabilidad civil aplicable, al enfrentarnos, en estos momentos, ante un nuevo escenario teórico y práctico. En la nueva coyuntura, es notoria la inseguridad jurídica de quienes realizan transacciones económicas con estos proveedores de servicios, habida cuenta de la enorme dificultad que entraña la determinación de la responsabilidad cuando se ocasionan daños en la prestación de los mismos. De hecho, el Parlamento Europeo, en su respuesta a la Comunicación de la Comisión de junio de 2016 sobre economía colaborativa4, alerta de la necesidad de alcanzar un mayor grado de precisión en las zonas grises de la normativa que denotan diferencias sustanciales en los criterios aplicables a escala nacional y en la jurisprudencia; y, del mismo modo, destaca, entre otras, dos cuestiones sobre las que es preciso incidir: (1) la imputación de responsabilidad, al señalar que la Comisión Europea debe acotar más, y sin demora, el régimen de responsabilidad de las plataformas colaborativas5; y (2) los derechos de los consumidores, debido a la necesidad de informar a estos del régimen jurídico aplicable a cada transacción, siendo deseable que las plataformas colaborativas establezcan sistemas efectivos para los procedimientos de reclamación y la resolución de litigios. Avanzando en esta dirección, la Comisión Europea organizó la conferencia de alto nivel “Economía colaborativa: oportunidades, desafíos, políticas”, en 2018, en Bruselas, para realizar un balance de los desarrollos políticos, regulatorios y de mercado desde la adopción de la Comunicación sobre la economía colaborativa de 2016, en la que se puso de relieve la importancia de la cooperación entre las plataformas y las autoridades públicas para facilitar que las plataformas ayuden a la transparencia de los consumidores y puedan conocer si los prestadores de servicios son empresarios o comerciantes. Tomando como referencia estas necesidades, el objeto principal de este trabajo consiste en delimitar los posibles regímenes de responsabilidad civil aplicables por los daños causados en las plataformas de economía colaborativa, poniendo de relieve la posible aplicación de la normativa sobre la protección de consumidores y usuarios en este ámbito y bajo qué presupuestos.

Palabra(s) clave:

responsabilidad civil, plataformas digitales, econonomía claborativa

Colecciones a las que pertenece:
  • Libros y capítulos de libros [697]
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