dc.contributor.authorPuebla Agramunt, Nuria
dc.date.accessioned2025-11-06T15:54:09Z
dc.date.available2025-11-06T15:54:09Z
dc.date.issued2010-07
dc.identifier.issn1138-9540
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12226/3075
dc.description.abstractEl artículo comenta un auto en el cual la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional concede la suspensión sin garantías de varias liquidaciones del Impuesto sobre Sociedades derivadas de expedientes de valoración de operaciones vinculadas a una importante empresa de este país que está en concurso de acreedores. En la vía jurisdiccional no hay ninguna ley que obligue al recurrente a prestar garantías; su prestación no es requisito sine qua non para obtener la suspensión. Una situación de concurso es suficientemente demostrativa de la imposibilidad de obtener garantías para suspender la ejecución y la pieza separada no puede dilucidarse prescindiendo de la situación, tanto económica, como jurídica, que se crea en el seno de aquel proceso mercantil, atendiendo a la cual la suspensión se concede sin garantías.es
dc.language.isoeses
dc.titleSuspensión sin garantías en la vía judicial cuando el obligado tributario que recurre está en concurso (A propósito del Auto de la Audiencia Nacional de 17 de noviembre de 2009)es
dc.typearticlees
dc.description.course2009-10es
dc.issue.number328es
dc.journal.titleRevista de Contabilidad y Tributación. CEFes
dc.page.initial55es
dc.page.final74es
dc.publisher.departmentDepartamento de Derechoes
dc.publisher.facultyFacultad de Ciencias Jurídicases
dc.rights.accessRightsopenAccesses
dc.subject.keywordsuspensiónes
dc.subject.keywordsuspensión sin garantíases
dc.subject.keywordconcurso de acreedoreses
dc.subject.keywordsuspensión de la ejecución en vía judiciales


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