El control de las horas extraordinarias y las nuevas tecnologías
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URI: http://hdl.handle.net/20.500.12226/376Exportar referencia:
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de las Heras García, AránzazuFecha de publicación:
2016Resumen:
Las nuevas tecnologías están cambiando la forma de entender el trabajo, no solo en cuanto que facilitan su realización sino que en muchos casos permiten realizar la prestación en cualquier momento, en cualquier lugar. En esta comunicación lo que nos gustaría abordar es si son consideradas horas extra o no los espacios de tiempo que el trabajador dedica al trabajo fuera de su jornada laboral cuando para su realización utiliza aplicaciones de correo electrónico en el móvil, mensajes del whatsapp, siendo ya casi habitual consultar el correo profesional durante el trayecto del autobús, tomando el café del desayuno o antes de irse a dormir. Consideramos que esta comunicación podría tener su interés a la luz de la reciente sentencia 281/2016 publicada por el Tribunal de Justicia de Castilla y León en la que se resolvía sobre las horas extras realizadas por un trabajador a distancia relacionándola con otras relativas al control horario como la Sentencia de la Audiencia Nacional 0027/2015. Parece necesario analizar la tensión existente entre libertad y eficiencia empresarial frente a garantías y seguridad de los trabajadores así como abordar el control que puede hacer el empresario a la realización de esas horas extra fuera de los centros de trabajo así como si durante su realización también entrarían en juego el cómputo total de horas extra así como las responsabilidades derivadas de la prevención de la seguridad y la salud de los trabajadores.
Las nuevas tecnologías están cambiando la forma de entender el trabajo, no solo en cuanto que facilitan su realización sino que en muchos casos permiten realizar la prestación en cualquier momento, en cualquier lugar. En esta comunicación lo que nos gustaría abordar es si son consideradas horas extra o no los espacios de tiempo que el trabajador dedica al trabajo fuera de su jornada laboral cuando para su realización utiliza aplicaciones de correo electrónico en el móvil, mensajes del whatsapp, siendo ya casi habitual consultar el correo profesional durante el trayecto del autobús, tomando el café del desayuno o antes de irse a dormir. Consideramos que esta comunicación podría tener su interés a la luz de la reciente sentencia 281/2016 publicada por el Tribunal de Justicia de Castilla y León en la que se resolvía sobre las horas extras realizadas por un trabajador a distancia relacionándola con otras relativas al control horario como la Sentencia de la Audiencia Nacional 0027/2015. Parece necesario analizar la tensión existente entre libertad y eficiencia empresarial frente a garantías y seguridad de los trabajadores así como abordar el control que puede hacer el empresario a la realización de esas horas extra fuera de los centros de trabajo así como si durante su realización también entrarían en juego el cómputo total de horas extra así como las responsabilidades derivadas de la prevención de la seguridad y la salud de los trabajadores.
Palabra(s) clave:
Nuevas tecnologías
Teletrabajo


