Luces y sombras de la residencia fiscal extendida
Ver/Abrir:
Exportar referencia:
Compartir:
Estadísticas:
Ver estadísticasMetadatos
Mostrar el registro completo del ítemAutor(es):
Cámara Barroso, María del CarmenFecha de publicación:
2018Resumen:
En el artículo 8.2 de la Ley del Impuesto sobre la residencia de las personas físicas se incluye una presunción iuris et de iure en virtud de la cual, todos aquellos nacionales españoles que trasladen su residencia fiscal a un territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal, seguirán siendo considerados residentes en territorio español durante ese año y los cuatro siguientes. En las siguientes páginas analizaremos cómo se configura este supuesto de residencia fiscal extendida en nuestro Ordenamiento jurídico, comparándolo con otros ejemplos de derecho comparado y señalando cuáles son, a nuestro juicio, aquellos aspectos de su regulación actual susceptibles de mejora.
En el artículo 8.2 de la Ley del Impuesto sobre la residencia de las personas físicas se incluye una presunción iuris et de iure en virtud de la cual, todos aquellos nacionales españoles que trasladen su residencia fiscal a un territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal, seguirán siendo considerados residentes en territorio español durante ese año y los cuatro siguientes. En las siguientes páginas analizaremos cómo se configura este supuesto de residencia fiscal extendida en nuestro Ordenamiento jurídico, comparándolo con otros ejemplos de derecho comparado y señalando cuáles son, a nuestro juicio, aquellos aspectos de su regulación actual susceptibles de mejora.
Palabra(s) clave:
Fiscalidad internacional
Residencia Fiscal
Nacionalidad
Paraíso fiscal
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Colecciones a las que pertenece:
- Artículos de revistas [712]