Los factores de riesgo laboral en el trabajo en plataformas digitales
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URI: http://hdl.handle.net/20.500.12226/795Exportar referencia:
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de las Heras García, AránzazuFecha de publicación:
2021-06Resumen:
El desarrollo de internet ha supuesto una intensa transformación social con el uso generalizado de dispositivos electrónicos, convirtiéndose casi en bienes de primera necesidad para los ciudadanos, e incluso para algunas empresas, especialmente aquellas que sustentan su actividad en el comercio electrónico. Es en este entorno donde surgen las plataformas digitales como lugares de encuentro entre oferentes y demandantes y donde comparten, intercambian o prestan bienes y servicios. El trabajo en plataformas digitales brinda a los trabajadores la oportunidad de realizar la prestación desde cualquier lugar, en cualquier momento e incluso cuentan con la opción de elegir qué trabajo desempeñar. Sin embargo, este trabajo digital «a demanda» genera importantes riesgos para la salud derivados de las duras condiciones de trabajo, bajos salarios e inseguridad laboral, que podría incluso calificarse como «trabajo precario» al coincidir con las características que recoge la Unión Europea en la Resolución del Parlamento Europeo, de 4 de julio de 2017, sobre las condiciones laborales y el empleo precario (2016/2221(INI)): escasa o nula seguridad laboral, horarios imprecisos y funciones que varían debido al trabajo «a la carta»; protección rudimentaria ante el despido (en este caso, inexistente); remuneración insuficiente para llevar una vida digna (incluso, no garantizada); ausencia de protección social; perspectivas nulas de progreso y entorno laboral que no respeta las condiciones de seguridad y salud. Recientemente ha sido publicado el Real Decreto-Ley 9/2021, de 11 de mayo (BOE de 12 de mayo de 2021), para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de las plataformas digitales pero que sigue siendo insuficiente para resolver la laboralidad y consecuentemente la protección en materia de prevención de riesgos laborales del resto de personas que trabajan para estas plataformas. A través de estas líneas intentaremos analizar los riesgos y dificultades a los que se enfrentan estos trabajadores pero, antes de eso, será preciso delimitar los tipos de plataformas, así como de trabajadores que podríamos encontrarnos.
El desarrollo de internet ha supuesto una intensa transformación social con el uso generalizado de dispositivos electrónicos, convirtiéndose casi en bienes de primera necesidad para los ciudadanos, e incluso para algunas empresas, especialmente aquellas que sustentan su actividad en el comercio electrónico. Es en este entorno donde surgen las plataformas digitales como lugares de encuentro entre oferentes y demandantes y donde comparten, intercambian o prestan bienes y servicios. El trabajo en plataformas digitales brinda a los trabajadores la oportunidad de realizar la prestación desde cualquier lugar, en cualquier momento e incluso cuentan con la opción de elegir qué trabajo desempeñar. Sin embargo, este trabajo digital «a demanda» genera importantes riesgos para la salud derivados de las duras condiciones de trabajo, bajos salarios e inseguridad laboral, que podría incluso calificarse como «trabajo precario» al coincidir con las características que recoge la Unión Europea en la Resolución del Parlamento Europeo, de 4 de julio de 2017, sobre las condiciones laborales y el empleo precario (2016/2221(INI)): escasa o nula seguridad laboral, horarios imprecisos y funciones que varían debido al trabajo «a la carta»; protección rudimentaria ante el despido (en este caso, inexistente); remuneración insuficiente para llevar una vida digna (incluso, no garantizada); ausencia de protección social; perspectivas nulas de progreso y entorno laboral que no respeta las condiciones de seguridad y salud. Recientemente ha sido publicado el Real Decreto-Ley 9/2021, de 11 de mayo (BOE de 12 de mayo de 2021), para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de las plataformas digitales pero que sigue siendo insuficiente para resolver la laboralidad y consecuentemente la protección en materia de prevención de riesgos laborales del resto de personas que trabajan para estas plataformas. A través de estas líneas intentaremos analizar los riesgos y dificultades a los que se enfrentan estos trabajadores pero, antes de eso, será preciso delimitar los tipos de plataformas, así como de trabajadores que podríamos encontrarnos.
Palabra(s) clave:
Plataformas digitales
Derecho laboral
derecho del trabajo
Riesgos laborales
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