Una interpretación de desistimiento en un contrato de arras penitenciales
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Mostrar el registro completo del ítemAutor(es):
Fernández Bermejo, DanielFecha de publicación:
2018-04Resumen:
Pueden definirse las arras penitenciales en un contrato como las concebidas a la manera de multa, correlativa al derecho de las partes de desistir, a su arbitrio, el contrato, y no llevan otra cosa que la obligación facultativa de cumplir o pagar lo pactado, constituyendo un medio lícito de desistir del contrato mediante la pérdida o restitución doblada de las mismas. En cualquier caso, el Tribunal Supremo señala que estas arras tienen carácter excepcional y exige una interpretación restrictiva de las cláusulas contractuales en que se establezcan.
Pueden definirse las arras penitenciales en un contrato como las concebidas a la manera de multa, correlativa al derecho de las partes de desistir, a su arbitrio, el contrato, y no llevan otra cosa que la obligación facultativa de cumplir o pagar lo pactado, constituyendo un medio lícito de desistir del contrato mediante la pérdida o restitución doblada de las mismas. En cualquier caso, el Tribunal Supremo señala que estas arras tienen carácter excepcional y exige una interpretación restrictiva de las cláusulas contractuales en que se establezcan.
Palabra(s) clave:
arras penitenciarias
desistimiento
resolución
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